A1: Secretarios de la Administración Local (SEAL)

De acuerdo con el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 2.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, las siguientes:

Secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.

Intervención-Tesorería, comprensiva del control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación.

Secretaría-Intervención, a la que corresponden las funciones de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo y las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación.

A los Secretarios de la Administración Local les corresponde el desempeño de una pluralidad de tareas que pueden agruparse en dos grandes funciones, la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo, en Ayuntamientos de municipios de población comprendida entre los 5.000 y los 20.000 habitantes.

Cabe distinguir dos categorías:

Categoría de entrada: Que habilita para el desempeño de dichas funciones en Ayuntamientos de municipios de población comprendida entre los 5.000 y los 20.000 habitantes.

Categoría superior: Reservada para las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares y Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes. La forma de acceso a esta categoría es mediante promoción interna.

Algunas ventajas de esta oposición son:

La posibilidad de presentarse a otras oposiciones de Grupo A en cualquier Entidad Local (TAG, Economista, Técnico Jurídico o de Gestión), ya que el temario y los exámenes son muy parecidos. Estudiando este programa, muchos de nuestros alumnos también han obtenido plaza como funcionarios en distintas Corporaciones Locales.

La posibilidad de -superando algún ejercicio de la oposición- entrar en Bolsa y empezar a trabajar como personal funcionario interino.

Convocatorias regulares y temario más reducido que el exigido en otras oposiciones del Subgrupo A1 estatales y autonómicas.

La Oferta de Empleo Público (OEP) para 2023 incluye 1.094 PLAZAS DE FHCN, de las cuales: 722 plazas de Secretaría-Intervención, 42 plazas de Secretaría de Entrada y 30 plazas de Intervención-Tesorería.

Retribuciones iniciales muy atractivas (unos 50.000 € brutos anuales) que variarán dependiendo del puesto, destino y categoría, y posibilidad de promoción a categorías superiores.

Movilidad geográfica plena, dado que un habilitado nacional puede desempeñar su trabajo en cualquier parte del territorio nacional.

Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

Publicado en el BOE de 26 de julio de 2024. El temario está constituido por dos partes:

  • Parte general (97 temas)
  • Parte especial (56 temas)

La oposición consiste en la realización de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios:

PRIMER EJERCICIO

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de 100 preguntas sobre las materias previstas en el programa del anexo II; podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 anteriores. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento veinte minutos.

SEGUNDO EJERCICIO

Consistirá en exponer oralmente en sesión pública ante el Tribunal, durante un tiempo máximo de 40 minutos, cuatro temas extraídos al azar entre los comprendidos en el programa del anexo II, dos temas del grupo de la parte general entre tres extraídos al azar y dos temas de la parte especial entre tres extraídos al azar. La persona aspirante debe exponer los temas por orden de aparición en el programa. Antes de iniciar la exposición, la persona aspirante dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para la realización de un esquema o guion de los temas que va a desarrollar.

TERCER EJERCICIO

Consistirá en la resolución por escrito de uno o varios supuestos prácticos (con un máximo de cuatro supuestos), referidos a las funciones de Secretaría que el Tribunal determine, durante un periodo máximo de 3 horas, y que estarán relacionados con las materias de la parte general y de la parte especial del programa que figuran en el anexo II. Podrán consultarse textos legales. Para la resolución de este ejercicio, el opositor sólo podrá aplicar normativa estatal, no pudiendo aplicar normativa autonómica. La normativa aplicable a la resolución del ejercicio será la vigente al tiempo de realización del mismo.

La metodología de la preparación es telepresencial y online, mediante sesiones en directo con el preparador, por videoconferencia e interactuando como si de una clase presencial se tratase. Los materiales, grabaciones y supuestos prácticos estarán disponibles en el Aula Virtual para que el opositor pueda repasarlos todas las veces que quiera.

Las clases se desarrollan de lunes a viernes, uno o dos días a la semana (en función de la modalidad elegida), en horario de tarde.

Se preparan todos los ejercicios de la oposición semanalmente y de manera continuada. La planificación es personalizada y la resolución de dudas por email o WhatsApp directamente con el preparador. La metodología admite, a su vez, distintas modalidades:

  1. La preparación continuada completa está pensada para abordar, a lo largo del año, todos los ejercicios que integran la oposición. Se trabaja la exposición oral en tutorías semanales mediante el sistema de vueltas, el ejercicio teórico y los supuestos prácticos, de acuerdo con una planificación individual que determina el ritmo de trabajo del opositor (disponible todo el año).
  2. La preparación continuada práctica u oral es la modalidad más adecuada para quienes solo desean preparar semanalmente solo el cante o solo el práctico (disponible todo el año).
  3. La preparación intensiva práctica se centra en preparar específicamente y durante un periodo mucho más corto, el ejercicio práctico. Se trata de un formato focalizado y especialmente adaptado a las necesidades del opositor que enfrenta el tercer ejercicio (sujeta a disponibilidad y con preferencia para los alumnos que hayan superado el segundo ejercicio).

Todos los materiales son propios y exclusivos para nuestros alumnos. De una elevada calidad técnica y en continua actualización, disponemos de resúmenes ajustados al tiempo de exposición, supuestos prácticos reales y ficticios, y exámenes de convocatorias anteriores. Además, contamos con una extensa recopilación de exámenes de otras Entidades Locales.

Todo lo anterior se acompaña de una amplísima colección jurisprudencial de sentencias -TJUE, TC, TS, TSJ-, expedientes administrativos -informes, resoluciones, convenios, contratos, recursos-así como abundante doctrina administrativa -órganos consultivos, juntas de contratación, tribunales económico-administrativos, órganos de recurso, transparencia, protección de datos, control interno, OCEX- sobre todas las materias del programa.

Ver Materiales

En las últimas convocatorias, varios de nuestros alumnos aprobaron con plaza y otros tantos empezaron a trabajar como funcionarios interinos.

Quien la sigue, la consigue.

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Dependen de la modalidad elegida. No hay matrícula ni permanencia. Pide información sin compromiso.

Si pruebas, te quedarás.

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