¿Son impugnables las respuestas a consultas administrativas? (STS de 25 de marzo de 2026)
Durante años, hemos dado por hecho un planteamiento asentado: las respuestas a consultas formuladas por los particulares -informes, comunicaciones o valoraciones previas- no son, en principio, actos impugnables en vía contencioso-administrativa. No deciden, no resuelven, no ponen fin a un procedimiento. Son, al menos en apariencia …